Camperizaciones de vehículos

¿Ya tienes tu furgo y no sabes cómo se va a legalizar cuando la reformes? A continuación te vamos a explicar todo lo que necesitas saber.

Vehículo mixto (M1) transformado a turismo

Esto se aplica a vehículos con clasificación 3100 que provienen de vehículos turismos. En este caso, podemos realizar un cambio de clasificación a turismo (1000), si se cambia el uso de dicho vehículo, pasando a ser un vehículo turismo e incluyendo las reformas en la ficha técnica (algo similar a cuando legalizamos una defensa, suspensión, etc), teniendo las siguientes ventajas:

ITV anual, debido al cambio de uso.
No tiene limitación de velocidad en vías interurbanas o autovía.

Vehículo furgón (24XX) transformado a vehículo vivienda (2448)

Esto se aplica a vehículo mixtos adaptables (31 00) que son procedentes de furgón (categoría N1) o furgones caja cerrada (24 XX), y lo hemos reformado para adecuarlos a la pernoctación en su interior, dándole cierta habitabilidad en función de las características del vehículo. Los requisitos que tenemos para la transformación a vehículo furgón vivienda son:

Mobiliario interior.
Cama.

Esto mismo se puede aplicar a camiones (20 XX).
Después de la ITV de reforma, la nueva clasificación del vehículo sería 2448 (vehículo / furgón vivienda).

Vehículo furgón (24XX) transformado a autocaravana (3248)

Esto se aplica a vehículos mixtos adaptables (31 00) que son procedentes de furgón (categoría N1) o furgones caja cerrada (24 XX), y lo hemos reformado para adecuarlos como vivienda en su interior consiguiendo unos acabados profesionales y que constan de todo lo necesario para vivir en su interior, los requisitos para este tipo de vehículo para poder realizar el cambio a AUTOCARAVANA son:

Mobiliario interior.
Cama.
Asientos traseros.
Acabados profesiones.
Instalaciones.
Último nivel de emisiones (consultar con nosotros este requisito ya que solo lo cumplen lo vehículos de reciente fabricación).

Después de la ITV de reforma, la nueva clasificación del vehículo sería 3248 (Autocaravana), teniendo las siguientes ventajas:

ITV anual, debido al cambio de clasificación y categoría.
No tiene limitación de velocidad en vías interurbanas o autovía.

¿Qué elementos se suelen añadir a tu vehículo con el fin de darle habitabilidad y hacerlo apto para viajar?

Claraboyas

​Son los elementos que van instalados en el techo del vehículo y sirven para ventilar nuestra furgoneta y permitir que entre la luz. Qué tener en cuenta en su instalación y compra: no cortar elementos estructurales del vehículo y verificar que contiene el marcado 43R en la tapa si su material es VIDRIO, pueden carecer del marcado si el material es PLÁSTICO.

Ventanas y cristales

Son los elementos que van instalados en los laterales del vehículo o puertas, y sirven para ventilar nuestra furgoneta y permitir que entre la luz. Que tener en cuenta en su instalación y compra: no cortar elementos estructurales del vehículo y verificar que contiene el marcado 43R en el cristal.

Placas solares

​Son elementos que van instalando en el techo del vehículo y sirven para cargar nuestras baterías auxiliares. Deben fabricarse siguiendo los estándares europeos de calidad (marcado CE) y quedan firmemente sujetos a nuestro vehículo.

> ¿Cuándo requiere de legalización? Cuando se trata de un elemento fijado de manera permanente al vehículo y que requiere de herramientas para su desmontaje y tiene instalación eléctrica fija.

> ¿Cuándo no requiere de homologación? Cuando es un elemento desmontable, fijado en un dispositivo destinado a carga (baca o similar) y carece de instalación eléctrica fija.

Depósitos de agua interiores o exteriores

​Son elementos que van instalando en el interior del vehículo o en los bajos. Se requiere fijar de manera adecuada al vehículo.

Mobiliario interior

Son elementos que van instalados en la zona de carga del vehículo para darla habitabilidad, se debe de garantizar su fijación de manera adecuada.

> Para vehículo N1: Pueden instalarse en cualquier posición y lugar, debiendo de tener únicamente los cantos redondeados y carecer de esquinas cortantes.

> Para vehículo M1: Sí van en la zona de carga, usando como anclaje puntos de fijación del fabricante sin usar herramientas y no superan la altura del respaldo, no requieren de homologación. Si superan la altura del respaldo o son fijos, requieren de legalización y se debe de garantizar su fijación. Se debe de mantener la distancia de 900 mm (distancia H) desde el centro del asiento, si el mueble se emplaza por delante del respaldo de la bancada de asientos traseros.

Instalación eléctrica 12V

Son los elementos eléctricos que añadimos a nuestro vehículo y que fijamos de manera permanente al interior. Se pueden conectar de dos formas:

> Conectados al cableado original del vehículo: deben de cumplir con el reglamento 10. No es recomendable este tipo de instalación, ya que podría agotar la batería principal de nuestro vehículo.

> Conectados a una batería auxiliar para uso estacionario: es el tipo de instalación más recomendable y sencilla, ya que los elementos no requiere de marcado de homologación, pero sí requiere de marcado de conformidad europea (CE), no siendo necesario para tomas USB y 12V.

Debemos legalizar todos los elementos que vayan fijos al vehículo.

Debemos legalizar una segunda batería si va conectada al cableado original del vehículo o va instalada de manera fija.

Instalación de 220V (baja tensión)

Son los elementos eléctricos cuyo funcionamiento es a 220V que añadimos a nuestro vehículo y qué fijamos de manera permanente al interior. Requieren de legalización mediante la elaboración de un boletín de baja tensión. Su instalación puede ser por conexión a la red eléctrica mediante una toma exterior de luz (toma para camping) o mediante un convertidor de corriente interior, en ambos casos se debe de legalizar.

Instalación de gas

Son los elementos cuyo funcionamiento es a gas, que añadimos a nuestro vehículo y qué fijamos de manera permanente al interior del vehículo. Para su legalización se requiere la elaboración de un certificado de gas, debiendo ser comprobada la instalación por nosotros o un instalador. Escríbenos para conocer los requerimiento de la instalación.

Supresión de plazas

Es una reforma que se realiza en los vehículos camper con el fin de poder tener un mayor espacio para el mobiliario, para realizarla de manera correcta, hay que desinstalar el cinturón de seguridad de las plazas que se quieren suprimir.

Bases giratorias

​Son elementos que van instalados en los asientos delanteros del vehículo, se debe siempre consultar la viabilidad técnica con el ingeniero, ya que son elementos de seguridad. Si cambias de bancada doble a asiento individual es recomendable que no sea un asiento reformado, ya que no se puede garantizar la eficacia de los cinturones.

Bancada de asientos adicionales

Es un elemento que va instalado en la zona de carga del vehículo, se debe siempre consultar la viabilidad técnica con el ingeniero, ya que son elementos de seguridad, y muy relativos al vehículo en el que se quieren instalar. Haznos tu consulta y te diremos la mejor bancada y la más adecuada.

Antenas de TV (no parabólicas) y bacas en puntos de anclaje originales

Toldos, soportes exteriores y portabicis con elementos fijos al vehículo. Estos elementos se deben de legalizar debido a la modificación de la normativa, por lo que si lo tenias instalado y ya no puedes pasar itv, contáctanos y te informaremos.

Algunos trabajos realizados

Estas son algunas de las camperizaciones que en DIYO hemos realizado.

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Recuerda que cuando legalices la reforma en la ITV debes informar a tu seguro de los cambios efectuados

Nosotros te recomendamos que cambies tu seguro con CamperCover ya que ellos te aseguran no solo el vehículo, sino todos los elementos de tu camperización, accesorios y equipamiento que puedas tener en el momento del robo si se produce. Pulsa en la imagen para solicitar un presupuesto personalizado para tu camper o autocaravana.

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